Confirmación de la presentación del registro de comprobantes
17 enero 2023
Mediante la RG Nº 124/2023, hasta el 30 de junio de 2023, no constituirá un incumplimiento tributario la falta de confirmación del talón de presentación del registro de comprobantes correspondiente al ejercicio fiscal 2022, por parte de los contribuyentes obligados al registro anual de comprobantes (956- REG. ANUAL COMPROB.).
La normativa señala que esta medida no afecta a los contribuyentes obligados al registro mensual de los comprobantes, los cuales deberán cumplir con la obligación conforme al Art. 7° de la Resolución General N° 90/2021. No obstante, si bien la fatal de presentación constituirá un incumplimiento, hasta el 31 de julio de 2023, no será aplicable la sanción por contravención a los contribuyentes que realicen en forma tardía el registro y la confirmación del talón de presentación en el Sistema Marangatu, posean estos la obligación del registro mensual y/o anual.
Si desea conocer a mayor detalle el contenido de las reformas citadas en este documento y los posibles efectos que esto puede tener en su liquidación de impuestos, por favor comuníquese con nosotros: Enrique Cañete ([email protected]), Néstor Gamarra ([email protected] un placer atenderle.